Desde 2008, la Ley de Defensa del Consumidor en la Argentina le da el derecho al comprador a arrepentirse de su compra y a exigir una devolución del 100% de su importe, sin importar los motivos, cuando esta se produzca a distancia, es decir, de manera online, telefónica, por mail o por cualquier otro canal no presencial.
El pasado 1° de octubre, en el marco de la pandemia y de la consecuente proliferación de las compras online, el Gobierno argentino publicó la Resolución 424/2020 que obliga a las empresas que vendan bienes y servicios a distancia a incluir en sus páginas web un “botón de arrepentimiento”, que debe estar visible y activar de manera sencilla y el proceso de reembolso.
Las empresas que el 5 de diciembre no lo tengan implementado podrían arriesgarse a importantes sanciones.
Comentarios